En marzo iniciarán relevamiento territorial en comunidades mbya

En la primera semana de marzo, el gobierno provincial pondrá en marcha el Programa de Ordenamiento Técnico Jurídico y Catastral, que tiene por finalidad  demarcar los territorios que actualmente son ocupados por las cerca de 100 comunidades indígenas asentadas en Misiones.
Se trata de un viejo reclamo de los pueblos originarios, por ser considerado el paso previo para la regularización de la posesión y propiedad comunitaria de los territorios que ocupan.
La realización del relevamiento técnico-jurídico-catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas fue resuelta hace ya más de cuatro años, a través de la Ley  nacional de Emergencia Territorial (Ver recuadro).
Sin embargo, en Misiones la norma fue ejecutada a la fecha en apenas tres comunidades mbya: Alecrín, Yvy Pyta y Kapi'í Poty.
Alejandro Méndez, responsable del Programa de Relevamiento Territorial del Consejo de Caciques, adelantó a El Territorio que “el relevamiento lo vamos a llevar a cabo como Nación Guaraní con las comunidades mismas, sin intermediarios. Vamos a hablar con los Caciques y ellos mismos son los que van a demarcar hasta dónde van, qué territorios ocupan, hasta qué  arroyo están usando para higienizarse y hasta dónde van en busca de los materiales para sus artesanías”.
Consideró que la demarcación territorial “es una necesidad del pueblo Guaraní para poder recontruir nuestro ambiente. Eso va a permitir que llegue a las comunidades la salud, educación y más ayuda”.
Asimismo, aseguró que “estamos trabajando con otras organizaciones, viendo ya para dar el segundo paso que es la titularización. Porque nuestro objetivo no es solo hacer una carpeta bonita con el relevamiento para que después las comunidades se la queden, lo que queremos es que las comunidades se queden con el territorio”.

El programa
En diciembre de 2010, a través del Decreto Nº 2110, el gobierno provincial adhirió a la Ley de Emergencia Territorial y designó al Ministro de Derechos Humanos Edmundo Soria Vieta como coordinador ejecutivo del Programa de Ordenamiento Técnico Jurídico y Catastral.
Asimismo, se facultó a Soria Vieta para que “en el marco del Programa, suscriba los convenios y realice todo acto idóneo y necesario que fuera menester para operatividad e implementación del mismo, tanto con organismos nacionales, provinciales, municipales, e internacionales, como asimismo del ámbito privado y asociaciones intermedias, con el objeto de la más amplia participación en el Programa”. Y se lo habilitó a proceder a la apertura de una cuenta especial, establecer los cronogramas de actividades y acciones a llevarse a cabo, la organización y asignación de funciones para el desarrollo integrador de tal Programa.

Materia pendiente
Cerca del 80 por ciento de las comunidades Mbya Guaraní de Misiones no posee los títulos de propiedad de las tierras que habita, según un estudio reciente realizado por el Equipo Misiones de Pastoral Aborigen (Emipa).
El relevamiento, titulado “Tierras. Situación dominial de 99 comunidades Guaraní en Misiones. Octubre 2010”, evidencia que apenas el 23,3 por ciento de las Comunidades Mbya de Misiones cuenta con los títulos de propiedad de los territorios que habitan.
“Son muy pocas las comunidades que tienen seguras su propiedad. Eso es realmente trágico para las comunidades, por la manera en que se viene deforestando, quitándoles el monte”, expresaron desde el área Tierras de Emipa.
Observaron que “las comunidades con títulos de propiedad “cuentan con una cantidad de tierra mínima, de ninguna manera hay un reconocimiento real”.
Por otra parte, el estudio de Emipa evidencia que actualmente 8 comunidades están reclamando sus territorios ante la justicia, a través de procesos judiciales que están en marcha.

La Ley de Emergencia territorial


La Ley 26.160, de emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país, fue sancionada y promulgada en noviembre de 2006. Por su incumplimiento en la mayoría de las provincias, fue prorrogada por la Ley 26.554 hasta noviembre de 2013.
Hasta ese plazo, se ordena la suspensión de la ejecución de sentencias y actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de los territorios indígenas. Además, la Ley ordena al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas cumplir con el relevamiento técnico-jurídico-catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas.
Para ello, “promoverá las acciones que fueren menester con el Consejo de Participación Indígena, los Institutos Aborígenes provinciales, Universidades Nacionales, entidades nacionales, provinciales y municipales”, se indica en el artículo tercero.





FUENTE: Diario El Territorio

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