Ley 26.160: En Misiones apenas tres Comunidades Mbya Guaraní tienen relevados sus territorios

Pese a que una Ley nacional en vigencia desde hace ya cuatro años ordenaba al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (Inai) realizar para 2009 un relevamiento de la situación dominial de las tierras ocupadas por las Comunidades indígenas de todo el país -paso previo para la titularización-; finalizando 2010 apenas tres de las 99 Comunidades Mbya existentes en Misiones tienen relevados sus territorios.
Así se desprende de un estudio realizado por el Equipo Misiones de Pastoral Aborigen (Emipa), presentado recientemente. El documento, titulado “Tierras. Situación dominial de 99 comunidades guaraní en Misiones”, precisa que la Ley 26.160 -promulgada en 2006 y prorrogada este año por la Ley 26554- únicamente fue aplicada en tres comunidades: Alecrín, Yvy Pyta y Kapi’í Poty.
María Josefa “Kiki” Ramírez, integrante del área Tierras de Emipa, contó que “en esas tres Comunidades se hicieron los relevamientos por conflictos muy fuertes que habían cobrado visibilidad. Hubo una serie de cuestiones que se fueron denunciando tanto a nivel provincial como nacional, en diversos organismos, que provocaron que el Inai llegara hasta las comunidades e hiciera los relevamientos. Fueron los conflictos que estaban sucediendo los que de alguna manera obligaron a hacer el relevamiento”.
En diálogo con El Territorio, enfatizó la importancia de que el relevamiento se concrete en todas las Comunidades Mbya de Misiones, “ya que permitiría realizar la demarcación del uso total del territorio, lo cual genera cierta seguridad, aunque falte todavía el otro paso, que es la titularización”.
Ramírez advirtió que “existen problemáticas muy graves que ocurren silenciosamente, como el desmonte y la inseguridad que significa para las comunidades no tener el título de propiedad de sus territorios”.
En ese marco, remarcó la urgencia de concretar el relevamiento en las Comunidades Mbya que habitan en el interior de la Biosfera Yabotí, “porque existe en esa zona un riesgo de que sean vendidas las  tierras del Lote 8”.
Por su parte, la abogada Stella Marys Martínez, asesora legal de Emipa, observó que las comunidades que no cuentan con un ámbito delimitado de ocupación se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad para el reconocimiento y protección de sus derechos territoriales.
Por ello, consideró necesario el cumplimiento de la Ley en todas las comunidades, ya que “a partir de esa aplicación se determinarían los ámbitos de ocupación de cada una de ellas”.
Al tiempo que resaltó que el relevamiento fortalece a la Comunidad, ya que constituye “un elemento oficial que indica dónde está la Comunidad y cuál es su territorio”.

Titularización pendiente
El estudio de Emipa también advierte que apenas el 23,3 por ciento de las comunidades mbyas de Misiones cuenta con los títulos de propiedad de los territorios que habitan. La mayoría tiene menos de 25 hectáreas y está conformada por muchas familias.

La Ley de emergencia territorial

La Ley 26.160, de emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país, fue sancionada y promulgada en noviembre de 2006. Por su incumplimiento en la mayoría de las provincias, fue prorrogada por la Ley 26.554 hasta noviembre de 2013. Hasta ese plazo, se ordena la suspensión de la ejecución de sentencias y actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de los territorios indígenas. Además, la Ley ordena al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas cumplir con el relevamiento técnico-jurídico-catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas. Para ello, “promoverá las acciones que fueren menester con el Consejo de Participación Indígena, los Institutos Aborígenes provinciales, Universidades Nacionales, entidades nacionales, provinciales y municipales”, se indica en el artículo tercero. 

Fuente: diario El Territorio

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